PRESENTACIÓN


"Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una oportunidad para penetrar en el bello y maravilloso mundo del saber"
Albert Einstein

MATCCSS_2ºBACH --- PREPARACIÓN DE LA RECUPERACIÓN



1.      Sean A y B dos sucesos de un experimento aleatorio, tales que:

a)      Calcula P(AB) , ¿son A y B sucesos compatibles?, justifica tú respuesta. (0,75 ptos)
b)      Halla P(A/B) y P(B/A). (1 pto)
c)      Suponiendo que A y B son sucesos independientes, calcula P(AB). (0,75 ptos)

2.      Una entidad bancaria concede tres tipos de créditos: para vivienda, para industria y personales. Se sabe que el 30% de los créditos que concede son para vivienda, el 50% para industria y el 20% restante son personales. Han resultado impagados el 5% de los créditos para vivienda, el 7% de los créditos para industria y el 12% de los créditos para consumo. Se pide:
a) Representar la situación mediante un diagrama en árbol. (0,75 ptos)
b) Seleccionado un crédito al azar, calcular la probabilidad de que se pague. (0,75 ptos)
c) Un determinado crédito ha resultado impagado. Calcular la probabilidad de que sea un crédito de vivienda. (1 pto)

3.      En España de cada 80 vehículos vendidos, 56 son de gasolina. Si se eligen al azar a 50 vehículos. ¿Cuál es la probabilidad de los siguientes sucesos?
a)      Ningún vehículo sea de gasolina. (0,75 ptos)
b)      A lo sumo dos, sean de gasolina. (1,25 pto)
¿Cuál es el número medio vehículos que se espera sean de gasolina si se eligen 500 vehículos al azar? (0,5 ptos)

 4.      La duración de las baterías de un determinado modelo de teléfono tiene una distribución normal de media 34.5 horas y desviación típica de 6.9 horas
a.       ¿Cuál es la probabilidad de que la duración de una batería sea superior a 37 horas?
b.      Si se toma una muestra aleatoria simple de 36 teléfonos móviles. ¿cuál es la probabilidad de que la duración media de las baterías de la muestra esté comprendida entre 32 y 33.5 horas?
c.       ¿Y de que sea mayor de 38 horas?

NUEVAS FORMAS JURÍDICAS DE EMPRESAS

Emprender sin arriesgar tu vivienda

Una de las incertidumbres que más preocupan a la hora de emprender un negocio como empresario individual es, sin duda, el panorama legal de responsabilidades que se derivan de la aventura empresarial desarrollada caso de que esta fracase. Hoy esta eventualidad lleva aparejada la obligación de responder de las deudas empresariales con todo el patrimonio, presente y futuro (CC art.1911).

 Con el fin de limitar en algunos supuestos esta responsabilidad, la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, incluye, en el Capítulo II del Título I, una nueva figura -el “Emprendedor de Responsabilidad Limitada”- que permite al empresario persona física evitar, bajo determinadas condiciones, que la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales o profesionales afecte a su vivienda habitual. Esta limitación no impide que el emprendedor ofrezca su vivienda en garantía, lo que impide es que pueda ser embargada por obligaciones personales que se deriven de su actividad empresarial, evitando por tanto que el riesgo empresarial afecte o llegue al núcleo de su familia.

Requisitos 
Para que el empresario pueda constituirse como “Emprendedor de Responsabilidad Limitada” debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. La vivienda habitual objeto de exclusión de responsabilidad no debe estar afecta a la actividad empresarial o profesional del empresario. 

2. El valor de la vivienda habitual no puede superar los 300.000 euros. 

3. En el momento de la inscripción del emprendedor en el Registro Mercantil correspondiente a su domicilio se debe indicar el bien inmueble, propio o común, que pretende desvincular de las obligaciones derivadas del tráfico empresarial o profesional.

 

 ¿Qué es la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva? 

Se trata de una sociedad mercantil que se rige de manera idéntica a la Sociedad Limitada pero para la que no hace falta el desembolso de un capital social mínimo. 

En realidad la SLFS es un “subtipo” societario que pasará a ser Sociedad Limitada una vez haya aportado, de forma voluntaria y paulatina, el capital social mínimo que legalmente se establece para este tipo de sociedades.

¿Qué obligaciones tiene una SLFS? 

Las SLFS estarán sujetas a un régimen especial hasta que alcancen el capital mínimo de 3.000 euros, y por el que:

1. Deberán destinar a la reserva legal una cifra al menos igual al 20% del beneficio del ejercicio sin límite de cuantía.

2. Sólo podrán repartirse dividendos a los socios cuando el valor del patrimonio neto sea superior al 60%

3. Se limita la retribución anual de los socios y administradores, que no podrá exceder del 20% del beneficio del patrimonio neto.

 4. En caso de liquidación de la sociedad, ya sea voluntaria o forzosa, los socios y los administradores de la sociedad responderán solidariamente del desembolso del capital mínimo establecido en la Ley (3.000 euros) si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente.

CASOS DE SOCIEDADES (SOLUCIONES) PARA 2º BACH



Sociedades

         1.- Cinco ingenieros informáticos deciden montar una empresa para asesorar a otras empresas sobre las redes sociales, aportando cada uno un capital de 6.000 euros. Decir tres formas jurídicas que pueden adoptar, justificando cada una de ellas, si quieren que su responsabilidad patrimonial se limite al capital aportado.

Teniendo en cuenta tanto el número de socios como el capital disponible y la responsabilidad patrimonial a la que quieren acogerse, las formas jurídicas podrían ser:

Sociedad Limitada
No hay límite máximo de socios, el capital mínimo de constitución es 3000 euros (inferior a los 30.000 euros disponibles) y la responsabilidad de este tipo de sociedades es limitada.

Sociedad Limitada de Nueva Empresa.
En este caso el número máximo de socios es 5, por lo que los ingenieros podrían adoptar este tipo de sociedad. Las condiciones de responsabilidad son similares a los de la S.L. El capital mínimo de constitución es 3000 euros y el máximo es 120.000 euros por lo que el capital aportado por los ingenieros estaría contenido en dicho intervalo.

Sociedad cooperativa
No hay número máximo de socios, la responsabilidad de los mismos puede ser limitada según los estatutos y el capital mínimo de constitución es de 3000 euros.

2.       2.- Ponga dos ejemplos de formas jurídicas de empresas con responsabilidad patrimonial diferente y explique brevemente su significado

Al realizar las actividades económicas  por cuenta propia, los autónomos deben responder con su patrimonio ante las deudas adquiridas, es decir su responsabilidad es limitada. Por otro lado, en las Sociedades Anónimas los socios responden exclusivamente por el capital aportado por lo tanto su responsabilidad es limitada.

        3.- Explique dos diferencias entre la Sociedad Limitada y la Sociedad Anónima.

El capital mínimo de constitución de la S.L. es de 3000 euros y debe estar suscrito y desembolsado en el momento de su constitución. Por el contario en las S.A. el capital mínimo de constitución es de 60.000 euros el cual debe estar suscrito y desembolsado al menos el 25%.

En las S.L. el capital se divide en participaciones, estando la transmisión de las mismas restringida. Por el contrario en las S.A. el capital se divide en acciones las cuales no poseen ningún tipo de restricción a la hora de ser transmitidas.